La Corte Suprema de Justicia declaró este jueves inconstitucional la ley del Congreso Nacional que redujo la cantidad de miembros del Consejo de la Magistratura de 20 a 13 en el 2006, impulsado por la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner.
Por unanimidad, el máximo tribunal definió quince años después que la composición no respeta el “equilibrio” de los sectores en el organismo que selecciona, sanciona y remueve magistrados, y dispuso que el Congreso Nacional acuerde una nueva composición.
La decisión se tomó este jueves y le puso un límite a la integración actual del organismo que se encarga de seleccionar, concursar y juzgar a los magistrados. En el fallo exhortó al Congreso a sacar una nueva ley.
La resolución fue por unanimidad: los cuatro jueces del tribunal, el presidente Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti votaron por la inconstitucionalidad de la reforma, aunque aclararon que lo actuado hasta acá por el Consejo no se modifica.
La reforma de 2006 que fue impulsada por la actual vicepresidenta además de achicar el Consejo le daba más poder a los representantes de la política, los senadores y diputados, y le restaba poder a los demás estamentos de jueces, abogados y académicos. Incluso había borrado la representación de la Corte Suprema que hasta 2006 presidía la Magistratura.
La modificación de 2006 disminuyó el número de miembros del Consejo de 20 a los 13 actuales, reduciendo los representantes de los abogados, los académicos y los científicos.
Ese nuevo equilibrio fue el que objetó el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires en 2016 y que tendría una definición en los próximos días y abriría un proceso de adecuación del organismo a lo que defina el fallo.
La sentencia surge en un momento sensible en la relación entre el Gobierno y el Poder Judicial. La semana pasada, el ministro de Justicia, Martín Soria, había criticado a los ministros del tribunal en una reunión realizada en el Palacio de Tribunales. Anoche, Alberto Fernández volvió a plantear la necesidad de reformar la Corte Suprema.
Técnicamente, el máximo tribunal rechazó un recurso extraordinario presentado por el Gobierno de Cristina Kirchner en 2015 y confirmó una sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo.
En la parte dispositiva de la resolución, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 5 de la ley 26.080 y la inaplicabilidad del art. 7 inc. 3° de la ley 24.937 (texto según ley 26.855), de los arts. 6 y 8 de la ley 26.080, así como de todas las modificaciones efectuadas al sistema de mayorías previsto en la ley 24.937 (texto según ley 24.939).
Además, exhortó al Congreso a que en un plazo razonable dicte una ley que organice el Consejo de la Magistratura.
Recientemente, el Gobierno envió un proyecto que ahora buscará sancionar probablemente en marzo cuando comiencen las sesiones ordinarias.
Paralelamente, el tribunal ordenó al Consejo a adecuar su confirmación de acuerdo a los términos presentes en la ley anterior a la reforma impugnada, de acuerdo a los artículos 2 y 10 de la ley 24.937.
En otros términos, el organismo deberá volver a contar con 20 integrantes. Si transcurren 120 días y no se realizan los cambios exigidos por la Corte, sus actos serán nulos.
Otro punto importante es que las decisiones adoptadas con anterioridad por el Consejo de la Magistratura conservarán su validez. Es decir, cada uno de los nombramientos que se hicieron en el último tiempo. (DIB) FD