Por Evangelina Avinceta (*)
El 28 de mayo se celebra el Día del Ceremonial Argentino a partir del decreto 2072/93 del Poder Ejecutivo Nacional, por el cual establece el Ordenamiento General de Precedencia Protocolar, aprobando “El Modo de Establecer las Precedencias”, “La Representación Protocolar” y “La Competencia Protocolar”; debido a un cambio en la Estructura del Estado Nacional resultó necesario modificar lo aprobado por el gobierno de 1976.
En 1993, el presidente Carlos Saúl Menem decreta el Ordenamiento General de Precedencia Protocolar, determinando que en todos los actos y ceremonias de carácter público y oficial de la Administración Publica Nacional o bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional se rige un orden protocolar estableciendo un orden de precedencia, siendo este, pilar fundamental del Ceremonial.
En todo acto hay un puesto de honor.
“El Ceremonial no crea ni adjudica jerarquías, solo reconoce las ya establecidas y le otorga a cada individuo la ubicación y el trato que le corresponde por su posición o su rango dentro de cualquier estructura, oficial, privada, nacional o internacional” (J.B. Villalta).
“El Ceremonial no crea ni adjudica jerarquías, solo reconoce las ya establecidas y le otorga a cada individuo la ubicación y el trato que le corresponde por su posición o su rango dentro de cualquier estructura, oficial, privada, nacional o internacional” (J.B. Villalta).
Hay ”Modo de establecer las Precedencias”, cuando nos encontramos frente a varias personas con una misma jerarquía, pongo como ejemplos, la presencia de varios ex presidentes, o de los gobernadores de las provincias.
“La Representación Protocolar” nos indica en qué actos y quienes podrán hacerse representar.
“La Representación Protocolar” nos indica en qué actos y quienes podrán hacerse representar.
“La Competencia Protocolar” indica la precedencia de aquellas personas invitadas a recepciones, actos y ceremonias de carácter oficial y no se encuentren contempladas en dicho Ordenamiento de Precedencia, mediante algunos mecanismos reglados, la Dirección de Ceremonial y Protocolo determinara su ubicación.
Por último, y no menos importante destacar que, este decreto, además de otorgar una herramienta fundamental al ceremonialista, logra reconocer y distinguir la capacitación y formación de profesionales y equipos que llevan a lo más alto a la profesión, con clase, con cortesía, ética, vocación de servicio y conciencia de la dinámica actual; transformándose el Protocolo en la herramienta de la excelencia de los grandes acontecimientos.
¡Feliz día a todas y todos las y los ceremonialistas de Argentina!
(*) La autora es técnica en Dirección de Protocolo, Organización de Eventos y Relaciones Públicas