Este martes se dio lectura al falló en la causa por “comercio de estupefacientes” que tuvo como acusado a Federico Raúl Gorosito, en el Tribunal Oral Criminal local.
La jueza Verónica Vidal dispuso una pena de 4 años y tres meses de prisión, mientras que -cabe recordar- el fiscal Carlos Lemble había requerido cuatro años y seis meses. Por su parte, la abogada defensora Elisa Hospitaleche pidió oportunamente la absolución.
Vidal expresó en la sentencia que “de la prueba producida en el transcurso del juicio oral con más la colectada durante la instrucción penal preparatoria e incorporada por lectura al debate, surge demostrado sin duda alguna, que el sujeto imputado comercializaba estupefacientes al menudeo, tal la acusación del fiscal”.
Describe que declaraciones testimoniales prestadas por consumidores y amigos del fallecido Juan Cruz Varese, no dudan en “señalar a Gorosito como el proveedor de drogas que consumían, generalmente intermediando y pagando por dichas adquisiciones”.
En consecuencia, la magistrada entiende que tales apreciaciones “dan por tierra con la excusa ensayada por el acusado”, quien negó haber comercializado drogas y argumentó: “estas personas que supuestamente me compraban a mí son amigos, siempre consumimos juntos”.
Vidal sostiene que “al no haberse planteado por las partes circunstancias eximentes de responsabilidad respecto del procesado Federico Raúl Gorosito, y no advirtiéndose tampoco la existencia de las mismas, es mi sincera y razonada convicción que no corresponde su aplicación”.
Como atenuantes menciona “la falta de antecedentes del acusado”. En este sentido, puntualiza que la defensora “alegó que se tuviera presente como atenuante su calidad de ‘adicto’, lo cual no haré lugar por no estar contemplado como una causa de mensuración de pena, sino y a lo sumo como una ‘enfermedad’ pasible de ser tratada”.
El fallecimiento de Juan Cruz Varese
Finalmente, afirma que “no voy a computar circunstancias agravantes, atento a que la alegada por el Ministerio Público Fiscal en cuanto a solicitar la agravación de la pena en función a considerar que el imputado fuera responsable de la provisión de droga que diera muerte a Juan Cruz Varese, corresponde a otra investigación en curso, y que de ningún momento se ha acreditado en la presente causa, que la ‘calidad’ del estupefaciente que le vendiera Federico Raúl Gorosito le haya provocado el fallecimiento”.
La resolución
Para la jueza, se encuentra debidamente acreditado “que en fecha indeterminada, pero al menos entre los días 14 al 16 de junio de 2021, una persona de sexo masculino mayor de edad, comercializó estupefacientes mediante la venta de los mismos a consumidores en esta ciudad de Tres Arroyos. Dicha comercialización se efectuaba con cocaína, en dosis fraccionadas y destinadas directamente al consumidor”.
Sostiene que “se ha probado que el encausado Federico Raúl Gorosito ha tomado intervención en el ilícito, cuya materialidad ha sido descripta en el apartado anterior”.
Posteriormente, determina en el fallo la condena al procesado como autor penalmente responsable del delito de comercio de estupefacientes, a cuatro años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo.