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      No se puede esperar en la emergencia

      1 de junio de 2017 | 21:00
      No se puede esperar en la emergencia
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      Es claramente entendible cada reclamo de la gente que se ha visto en apuros para denunciar una emergencia a bomberos en la localidad de Claromec—, y que se ve sorprendida de repente porque su urgencia es recibida en una central marplatense del 911, un nœmero que es utilizado en la provincia de Buenos Aires exclusivamente para casos policiales. Y tambiŽn se comprende que para un bombero local debe resultar dif’cil de digerir -por el orgullo con el que se calza el antiflama- cuando un aviso no llega con el tiempo necesario para asistir a sus vecinos, o a las personas que lo necesiten. 

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      El riguroso nuevo funcionamiento del 911 resulta operativamente en una demora para quien debe informar en la localidad balnearia tresarroyense los detalles de un incendio, de un accidente o de acontecimientos m‡s graves. Sucesos donde a veces, los segundos o minutos hacen la diferencia entre una total o parcial pŽrdida de valores, como as’ tambiŽn de una vida o la muerte. Porque la llamada primero debe ser filtrada en Mar del Plata, desde donde posteriormente se da a aviso a la polic’a lugare–a para que esta fuerza reciŽn habilite el alerta a bomberos. 

      Simplemente es por poner el valor de una vida por delante, que resulta necesaria la presencia de una guardia permanente en el cuartel de bomberos de Claromec—. Que esos dos meses de verano, no sean la excepci—n y que todo el a–o un claromequense, un vecino del distrito o un turista de cualquier parte del pa’s, sepan que tendr‡n el servicio para una inmediata respuesta, ante cualquier circunstancia que se presente y al margen que la mayor’a de los d’as transcurran tranquilos. 

      Ahora, esos dos meses de guardia en el verano son pagados con fondos de la comisi—n de bomberos y del Ente Descentralizado. El disponer de una guardia de tres personas por d’a durante los 365 d’as del a–o representa una inyecci—n de plata que puede exceder a la disponibilidad de recursos del presupuesto del organismo descentralizado, pero que deber’a comprometer a la administraci—n central ya sea facilitando el dinero de las arcas municipales -o gestion‡ndolo- para cubrir ese servicio. 

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