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“Los municipios no pueden prohibir la comercialización de pirotecnia”

Desde la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA), a través de su representante legal, argumentó que los municipios no pueden sancionar ordenanzas que prohiban la comercialización de pirotecnia.

Ayer, y en el marco del tratamiento de una disposición legislativa municipal que restrinja el uso de fuegos artificiales, los concejales de la Comisión de Legislación recibieron a Adrián Alveolite, abogado de la CAEFA, quien planteó algunas objeciones sobre el tema en consideración.

El representante de la entidad expuso los argumentos por los cuales un municipio no tiene la potestad de prohibir la comercialización de fuegos artificiales. “Una norma debe buscar y satisfacer los intereses, las expectativas y necesidades de todas las partes”, expresó el abogado del Estudio Spota.

El letrado dejó a cada uno de los ediles presentes, diversos informes y documentación avalada por profesionales y ONGs para que sean objeto de análisis. Asimismo, el abogado también les cedió un proyecto borrador para modificar la ordenanza vigente. 

Luego del encuentro con los concejales, Alveolite defendió la importancia que tiene el sector que representa, el cual -dijo- “genera muchas fuentes de trabajo y que ejerce el comercio en forma lícita”.

“Es importante saber que esta industria está regulada por una ley nacional y su decreto reglamentario”, manifestó. En ese marco, el abogado dejó en claro que un municipio o un Estado provincial pueden “adoptar muchísimas disposiciones en torno a su regulación”, pero -agregó- no pueden disponer de normativas que prohíban la comercialización de fuegos artificiales.

“Lo que sí pueden hacer es regular las zonas, fechas u horarios para la restricción de la pirotecnia”, indicó el abogado, quien afirmó: “La Cámara puede entender algunos razonamientos y ceder en sus intereses”.

Consultado sobre el tema, Alveolite no precisó el monto de ganancia económica que puede obtener la industria de los fuegos artificiales a nivel nacional o en Tres Arroyos. Sin embargo, indicó: “La comercialización de la pirotecnia es uno de los sectores con mayor control. Si uno quiere vender pirotecnia, sus productos son sometidos a todas las pruebas que dispone el Renar. Además de esas pruebas, se tiene que contar con la habilitación correspondiente”.

 

Personas con autismo

Posteriormente, el abogado hizo alusión al impacto que los fuegos artificiales tienen en personas con autismo y en mascotas. Al respecto, dijo: “Para que un producto pirotécnico sea habilitado, tiene que ser sometido a controles muy rigurosos. En ningún caso podría dejar de contemplarse los aspectos relacionados con la salubridad y la seguridad”.

En su línea defensiva de la industria de los fuegos artificiales, el letrado dejó en claro que “cuando un producto de este sector se pone en el comercio, es porque respeta los estándares fijados por la Organización Mundial de la Salud en cuanto a los niveles acústicos y seguridad”.

Puntualmente, y con respecto a las personas con autismo, expresó: “Entendemos a los padres que tienen hijos con esta enfermedad. Podemos comprender que estos productos son nocivos para su salud. Pero, en realidad, hay estudios de análisis de ruidos que demuestran fehacientemente que estos chicos, y también todos nosotros, estamos sometidos en la vida cotidiana a niveles acústicos muy superiores, como por el ejemplo, el paso de un colectivo, un escape libre o un bocinazo”.

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