Una jueza de familia de Corrientes consideró que para la adopción de un niño no debería ser requisito indispensable estar inscripto en el Registro de Adoptantes, sino priorizar la relación de la familia con el menor de edad.
La jueza de Menores de Corrientes Nora Chaves Caballero resolvió en esa línea argumental la situación de un niño que estaba en “guarda” con una familia sustituta desde 2006 y a la que le otorgó la adopción.
La magistrada consideró que la legislación vigente, que impediría a la mujer adoptar al niño al que cría y cuida desde hace casi once años por no estar anotada en el Registro de Adoptantes, “resulta contraria a la Convención Internacional de los Derechos del Niño y a la Constitución Nacional”.
La jueza cuestionó la “posición inflexible, dura, que va más allá de vínculos afectivos entre seres humanos y va más allá de la Convención Internacional de los Derechos del Niño” establecida en el Código Civil y Comercial para la adoptabilidad de un niño.
Por otra parte, en la reunión conjunta de las comisiones de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Legislación General y Presupuesto y Hacienda de Diputados obtuvo dictamen el proyecto para crear un registro único de niñas, niños y adolescentes en situación de adoptabilidad. La iniciativa legislativa tiene como objetivo principal agilizar y transparentar el proceso de adopción en el país, donde existe un registro de personas que tienen intenciones de adoptar, pero no uno de niñas, niños o adolescentes que pueden ser adoptados.
De aprobarse el proyecto, el nuevo registro funcionará a través de un listado electrónico conformado por los legajos de las niñas, niños y adolescentes para luego entrecruzarlos con los datos que dispone la Dirección Nacional del Registro Unico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (DNRUA). (DYN)