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Correo previsional

– Consulta: Consulté en la ANSeS por el estado de mi trámite de Reparación Histórica y me dicen que figura que mi aceptación fue enviada a la justicia ¿cuánto falta para cobrar?  (Gerardo, de Claromecó)

– Salvo para el caso de los reajustes automáticos o anticipados, que empiezan a cobrar sin hacer ningún trámite, la regla general para cobrar el aumento de la Reparación Histórica es cumplir con estos tres pasos: primero firmarse con la huella digital en la oficina de ANSeS con el patrocinio de un abogado, luego la ANSeS se ocupa de enviarlo al juzgado para ser aprobado por el juez y por último vuelve a la ANSeS para el pago.

Lamentablemente con las demoras que tuvo la puesta en marcha del plan del gobierno no es posible hacer un pronóstico de los tiempos hacia adelante, sin dejar de destacar el avance de su trámite comparado con otros que aún no pasaron a la segunda etapa.

 

– Consulta: Me faltan los comprobantes de haber trabajado con dos patrones en el campo para poderme jubilar, ¿puedo presentar los recibos de sueldo? (Ismael, de Copetonas)

– Sí, es posible pero lo ideal es tener la Certificación de Servicios y Remuneraciones, la cual demuestra los servicios prestados y los salarios percibidos en los períodos trabajados en relación de dependencia. Es obligatorio que el empleador la entregue a pedido del trabajador ya sea cuando se deja de trabajar o mientras se está trabajando y se quiere presentar los papeles en la caja para jubilarse.

Dada la importancia que tiene este certificado para el trámite de jubilación de los trabajadores rurales, recomendamos controlar que los datos de los años trabajados sean correctos y que la firma de la empresa esté certificada.

 

– Consulta: En el banco me hicieron firmar un aviso de la Reparación Histórica pero yo no estoy cobrando con aumento ¿qué debo hacer? (Antonio, de Tres Arroyos)

– Justamente se trata de un aviso que informa dos cosas. Primero, que su jubilación o pensión pueden recibir un aumento en caso que usted lo acepte.

Como hemos explicado anteriormente se trata de información de carácter general a modo de una campaña de difusión que se suma a las últimas consultas sobre cartas dirigidas al domicilio del jubilado, invitándolo a aceptar la propuesta de aumento concurriendo con su abogado a la ANSeS.

Dado que son mensajes de carácter general, no contiene información específica sobre cuánto aumento se le ofrece ni cuándo comienza a cobrarlo. Para conocer esos detalles puede consultarse en la página web de la ANSeS, en la sección MiAnses, ingresando con clave de la seguridad o directamente en la oficina local del organismo.

Segundo, para aquellos que sí están cobrando el aumento sin haber hecho ningún trámite -estos son los casos automáticos o anticipados- se les informa que pronto tendrán que completar el proceso, como estaba previsto desde un principio, presentándose en la ANSeS con el patrocinio de un abogado para firmar el acuerdo.

 

(*) Abogado matriculado en ANSeS Nº 31751

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