Por Ezequiel Iñaqui Ojeda (*)
– Consulta: ¿Cuándo van a pagar la primer cuota del retroactivo de la Reparación Histórica? (Tatiana de Tres Arroyos)
– Es una pregunta recurrente entre quienes aceptaron la oferta del Gobierno, teniendo un juicio de reajuste en marcha. Con estos jubilados la Anses se comprometió a pagar el retroactivo por el tiempo que duró el juicio, en cuotas durante tres años.
Sin embargo, en la práctica puede empezar a pagar un año después -o más- so pretexto de las demoras en la Justicia. Anteriormente respondimos una inquietud similar, lamentablemente las cosas no han cambiado desde entonces, la Anses sigue sin dar precisiones al respecto ni proponer soluciones alternativas para compensar al jubilado que estuvo o está todavía esperando, como por ejemplo podrían achicarse los tres años de cuotas el mismo tiempo que se demoró en empezar a pagar.
– Consulta: Escuché en las noticias que nos van a dar un aumento a quienes aportamos 30 años ¿lo pagan con el aguinaldo? (Mirta, de Adolfo Gonzales Chaves)
– Las últimas novedades para jubilados y pensionados son tantas y de tan variado alcance que lamentablemente se generan tanto preocupaciones como expectativas, muchas veces infundadas.
Está previsto para que se pague en el mes de marzo próximo, pero no es un aumento sino un bono por única vez, de $ 750 para los jubilados sin moratoria o $ 375 con moratoria, siempre que cobren menos de $ 10.000 mensuales.
Además en este caso, entendemos que la inquietud surge porque entre las novedades de las reformas se establece un piso mínimo del 82% del salario mínimo vital y móvil para quienes hayan aportado efectivamente durante treinta años. Y eso ¿qué efecto tiene?
Bueno, que a partir del mes de enero próximo el haber mínimo para esos jubilados sería de casi $ 7800. De esta explicación seguramente surgió la duda, esto tampoco es un aumento actual, y además falta que se apruebe la reglamentación de la ley. Incluso más dudas genera el requisito de aportes efectivos que subrayamos anteriormente, así puede pensarse que quedan afuera quienes se jubilaron aprovechando alguna de las tantas moratorias, y el primer ejemplo son las amas de casa a quienes les descontaron en sesenta cuotas los treinta años de aportes, pero ¿qué pasa si pensamos en alguien que pidió moratoria para pagar una deuda pequeña de solo uno o dos años?
Mientras esperamos que se dicte una reglamentación razonable que aclare este y otros detalles de la nueva ley, insistimos en hacer el esfuerzo de analizar detenidamente lo que vemos en las noticias y evitar sacar conclusiones apresuradamente.
– Consulta: ¿A quién debo reclamar si no me acreditan el haber en mi cuenta de cliente del banco? (Elda, de Tres Arroyos)
– En primer lugar, todos los jubilados y pensionados de Anses que cobran sus haberes en un banco tienen abierta automáticamente una cuenta, denominada Cuenta Sueldo de la Seguridad Social, gratuita, sin costo de mantenimiento ni comisiones y una tarjeta de débito que le permite hacer extracciones en cajeros automáticos y comprar también de manera totalmente gratuita.
Por eso es opcional para el jubilado cobrar sus haberes por ventanilla o utilizar el cajero automático. Ahora bien, también es opcional, pero obviamente tiene un costo, abrir otra cuenta en el mismo banco donde se cobra mensualmente para beneficiarse con otros servicios como seguros, préstamos, anticipos de haberes, uso del homebanking, transferencias electrónicas, simplificación del trámite de supervivencia, etcétera.
En este caso, parece tratarse de un problema a solucionar en el mismo banco ya que, aunque recibe de Anses el haber jubilatorio en la cuenta gratuita que mencioné, no estaría traspasando los fondos a la cuenta de cliente. En todo caso, los jubilados pueden solicitar libremente el cambio de banco de manera personal en las oficinas de Anses.
(*) Abogado matriculado en Anses Nº 31751

Ezequiel Iñaqui Ojeda