A través de un comunicado, UPCN Secretaría del Interior, informó que “repudiamos el acto antidemocrático que se llevara a cabo el pasado 17 en el distrito de Gonzales Chaves”, en relación al pase a planta permanente de 102 empleados municipales.
Señala luego que “nos hemos enterado por los medios” de dicho acontecimiento “en el que el intendente, conjuntamente con el secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales y el secretario de la Fesimubo, de manera conjunta anunciaría el pase a planta de 102 trabajadores municipales”.
Para UPCN se trata de “una acción propia de otras épocas, en las que la ley 11.757 – absolutamente inconstitucional-, avalaba la eterna connivencia entre el Departamento Ejecutivo y el Sindicato Municipal”.
Recuerdan que “a partir de junio de 2016, una nueva ley rige la relaciones laborales municipales, una situación que parece el intendente prefiere ignorar, o lo que es aún peor prefiere infringir, quebrantar, violar, desobedecer”.
Apuntan luego que dicha ley “viene a democratizar las negociaciones colectivas y establece que los sindicatos que deben intervenir en este tipo de acciones, que involucran la suerte, la vida misma de los y las trabajadoras, deben ineludiblemente reunir dos requisitos: tener personería gremial ( esté o no federada ) y un total de afiliados que implique el 10% de los sindicalizados”, cuestión que UPCN asegura que “el Sindicato Municipal no tiene personería gremial y la misma no puede ser suplida por la de la Federación a la que pertenece. Extrañísimo que uno de los que se autoproclama coautor de la ley, Cholo García, no lo haya tenido en cuenta (¿?) porque además estos dos requisitos los ratificó un fallo de la Corte a instancia de una acción que la propia Fesimubo interpuso”.
Y “no obstante, allí, en el Centro Cultural, tuvo lugar un festival de distraídos e inmemoriosos, que parece menos grave que decir verdaderos infractores de la ley”.
Por otra parte UPCN sostiene que “en Gonzales Chaves, el Convenio Colectivo de Trabajo brilla por su ausencia, como así también la existencia y composición de la Junta de Ascensos y Calificaciones, que es el único órgano que garantiza un mecanismo trasparente, democrático, e igualitario de pases, de ascensos y todo aquello concerniente al tema. Pero no, el único mecanismo que se usó es el de la dedocracia”, y además “el intendente local violó flagrantemente la ley 23551, configurando con su accionar, una auténtica práctica desleal”.
Por otra parte UPCN sostiene que “en Gonzales Chaves, el Convenio Colectivo de Trabajo brilla por su ausencia, como así también la existencia y composición de la Junta de Ascensos y Calificaciones, que es el único órgano que garantiza un mecanismo trasparente, democrático, e igualitario de pases, de ascensos y todo aquello concerniente al tema. Pero no, el único mecanismo que se usó es el de la dedocracia”, y además “el intendente local violó flagrantemente la ley 23551, configurando con su accionar, una auténtica práctica desleal”.
Ante la situación planteada, desde UPCN se solicita “nulidad absoluta del acto administrativo por el que se designa arbitrariamente un pase a planta, requiriendo que todos los trabajadores tengan el derecho a calificar para obtener ese derecho a estabilidad laboral y que el mecanismo democrático sea a través de una Junta de Ascenso y Calificaciones designada “ad hoc”, todo ello en un plazo de 48 hs, de lo contrario pediremos la intervención de la Autoridad de Aplicación, para que tome las medidas del caso”, aclarando que “la medida no es en contra de los compañeros designados para su pase a planta permanente, si no en la forma arbitraria que se hizo teniendo en cuenta que UPCN debería a ver sido convocado para tal designación”.