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      Solo 28 municipios bonaerenses fueron habilitados para aplicar excepciones al ASPO

      24 de abril de 2020 | 15:05
      Solo 28 municipios bonaerenses fueron habilitados para aplicar excepciones al ASPO
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      Solo 28 municipios de la provincia de Buenos Aires, la mayoría del interior del territorio bonaerense, fueron autorizados a aplicar todas o algunas de las once medidas de flexibilización del aislamiento social preventivo y obligatorio que lanzó el fin de semana pasado el gobierno nacional, entre las que se cuentan la apertura de los locales de pago extra bancario y el delibery sin apertura de locales al público. 

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      Tal como había adelantado DIB, las habilitaciones surgieron de los pedidos que hicieron los intendentes para aplicar en sus distritos las excepciones al aislamiento que el gobierno nacional incluyó en la decisión administrativa 524 de la jefatura de Gabinete, a las que debieron adjuntar un protocolo de funcionamiento que asegurase su control y un acto administrativo local que dejara constancia por escrito del pedido. 
      En total, 71 comunas hicieron pedidos para habilitar actividades, pero solo autorizó por ahora excepciones en 28 de ellos, 24 de los cuales están ubicados en el interior del territorio, la zona relativamente menos castigada por los contagios en comparación con el conurbano, donde además hay peores condiciones para llevar adelante medidas de aislamiento, por lo que el riesgo potencial de un desborde sanitario es mayor.
      Las actividades que en general había sido autorizadas por la Nación para funcionar son las de cobranzas en locales extra bancarios, como RapiPago, las oficinas de rentas en todos los niveles de gobierno, la actividad en registros con guardias mínimas y turnos, los delibery activados on line o por teléfono, sin apertura de locales: la atención médica, odontológica y de ópticas, con turno y el trabajo de peritos y liquidadores de siniestros de compañías de seguros y los logares de atención a víctimas de violencia de género. 
      Según la comunicación de hoy, solo 14 ciudades accedieron a la posibilidad de liberar esas actividades. Son Alberti, Avellaneda, Chivilcoy, Ramallo, Coronel Rosales, Exaltación de la Cruz, Lobos, Morón, Lomas de Zamora, San Isidro, San Andrés de Giles, San Pedro, Saavedra y Suipacha. En las restantes 14, solo fueron autorizadas algunas. Esas ciudades son Adolfo Alsina, Balcarce, General Belgrano, Las Heras, La Plata, Laprida, Maipú, Mercedes, Necochea, Olavarría, Salliqueló, San Antonio de Areco, Tapalqué y Villa Gesell. 
      Por otra parte, el gobierno informó que evalúa, a través del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, las solicitudes los pedidos de algunos distritos para liberar las actividades productivas ligadas a la exportación y los procesos industriales específicos, aunque aún no hay respuesta para eso. Al mismo tiempo, como informó esta agencia, la Provincia analiza también habilitar excepciones no contenidas en el listado nacional, pero que fueron pedidas por las comunas. (DIB) AL
      En detalle:
      1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. 
      2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. 
      3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
      4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. 
      5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. 
      6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. 
      7. Ópticas, con sistema de turno previo. 
      8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes. 
      9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

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