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Absuelven a un acusado de provocar tres muertes en un choque frontal

La Justicia Correccional de Tres Arroyos absolvió de culpa y cargo a Roberto José Padín (32), el conductor de una camioneta que protagonizó una colisión frontal con un auto en un camino rural que une las localidades de Juan E. Barra y De La Garma, accidente a raíz del cual perdieron la vida tres de los cuatro ocupantes del vehículo menor.

El fallo del juicio desarrollado el pasado 12 de mayo en Tres Arroyos fue dictado por el juez Gabriel Giuliani y notificado ayer a las partes de manera electrónica en el marco de dos causas caratuladas “triple homicidio culposo agravado y lesiones leves culposas en concurso ideal” y “desobediencia”.

Según indica la resolución a la que tuvo acceso LA VOZ DEL PUEBLO, en sus fundamentos, el juez Giuliani señaló que “no se ha probado cuál ha sido la acción que se le imputara como ilícita a la persona conductora del rodado de mayor porte, es decir, quien conducía la camioneta Toyota Hilux”, en referencia a Padín, quien en aquel momento, tras conocerse el resultado del test de alcoholemia, le dio 0,7 gr/lt de alcohol en sangre, una cantidad que, por estos días se considera punible, aunque no así en aquel momento, cuando aún no existía la ley de alcohol cero en la Provincia de Buenos Aires que rige en la actualidad.

Cabe recordar que, en su imputación, el fiscal de Instrucción y Juicio, doctor  Gabriel I. Lopazzo, Padín viajaba con su camioneta rumbo a Juan E. Barra por el camino rural de tierra que la une con De la Garma, “efectuando un manejo desaprensivo y temerario dada las condiciones del camino (polvo en suspensión y tosquilla) y el intenso tráfico vehicular debido a una fiesta que se desarrollaba en Juan E. Barra a la cual se dirigía, es que a la altura del kilómetro 9 del Cuartel XIV del partido de Adolfo G. Chaves, invadió el carril de circulación contrario al suyo e impactó de frente contra un vehículo Fiat Palio dominio IKA 068 conducido por Carlos Fabián Saavedra y acompañado por Claudia Cecilia Roldán, Guillermina Anahí Eloiza e Irma Verónica Herrera Frey, que circulaba en dirección inversa. Como consecuencia del impacto fallecieron en el acto Guillermina Anahí Eloiza y Claudia Cecilia Roldán, mientras que Carlos Fabián Saavedra falleció días después producto de la gravedad de las lesiones recibidas y la señora Irma Verónica Herrera Frey sufrió lesiones que fueran calificadas legalmente por la médica de policía actuante como de carácter leve”.

“Escasa visibilidad”

Entre sus fundamentos, el magistrado consideró la escasa visibilidad que ocasionó la manera de manejar de un tercer vehículo que transitaba en el mismo sentido que Padín y a quien consideran el verdadero responsable de los hechos, ya que con su circulación entorpeció la visibilidad y eso habría desencadenado en la tragedia. “En tal sentido, debo decir que, sin perjuicio de encontrarnos frente a un delito de los llamados tipos abiertos -los cuales deben ser completados con otra norma- lo cierto es que la acusación – tanto pública como privada- no ha encuadrado el accionar imputado, tal lo especificado en el artículo referenciado precedentemente. Se limitó a describir la conducta llevada a cabo por Padín como intempestiva y temeraria, la que a la postre -según lo alegado- desencadenó el evento dañoso.

Accionar que fue relatado y confirmado por el propio imputado en su declaración y por los testigos que depusieron durante las jornadas de debate. Ellos realizaron una descripción pormenorizada de lo sucedido ese día en el trayecto comprendido entre las localidades de Juan E. Barra y De la Garma, más precisamente en la llamada Loma de Atela.

Fueron contestes en la poca visibilidad que dicho lugar proveía atento el horario en el que circulaban. Como también la existencia de tierra o polvareda que se desplazaba en el aire a raíz de arreglos realizados en el camino, recientemente (-con rellenado de toscas- conforme lo que declararon en el juicio)”.

Desobediencia

Roberto José Padín también fue absuelto del delito de “desobediencia” a raíz de un incidente denunciado por Néstor Saavedra, familiar de una de la víctimas, quien lo había denunciado a raíz de un presunto acercamiento y agresión psicológica, poco después de que Padín haya recuperado la libertad, tras estar 57 días detenido acusado de ”triple homicidio culposo agravado”.

Según pudo averiguar este diario, tanto la Fiscalía como el particular damnificado (a cargo del doctor Werner Nickel), apelarán en Cámara el fallo del doctor Giuliani, mientras que la doctora Elisa Hospitaleche, defensora de Padín, adelantó que continuará junto a su cliente hasta finalizar la última instancia de esta reciente condena.

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