¿Cómo será la actividad comercial este viernes no laborable?
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Este viernes 15 de agosto, fecha considerada día no laborable con fines turísticos, se enmarca en el Decreto 1027/2024, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó los tres días no laborables con fines turísticos para el año 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, el tratamiento de los días no laborables está regulado en el artículo 167, que establece: “En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador”.
Según destacó la CCI, durante los días no laborables el trabajo queda a decisión exclusiva del empleador. Si se presta servicio, el pago se realiza de manera habitual, sin recargos. Si el empleador decide no trabajar, el salario del trabajador se liquida normalmente, sin descuentos.
Este esquema otorga flexibilidad a las empresas para decidir su modalidad de trabajo, al tiempo que garantiza el pago íntegro de los salarios, trabajen o no los empleados en dichas fechas.
