Es la pena establecida por la jueza Agustina Cedeira para Esteban Fabián Pérez y Pablo Valentín Cañete. El 24 de enero sustrajeron en Tres Arroyos la moto de una trabajadora. El vehículo fue hallado luego incendiado a la altura del kilómetro 35 de la ruta nacional 228
Dos marplatenses, que llegaron al juicio en condición de detenidos, fueron condenados a cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento ayer en el Tribunal Oral Criminal de nuestra ciudad, en un fallo de la jueza Agustina Cedeira.
La pena recayó sobre Esteban Fabián Pérez (24 años) y Pablo Valentín Cañete (40 años), quienes el 24 de enero del presente año, alrededor de las 14.10, robaron la moto de una vecina de nuestra ciudad, Andrea Rodríguez, en ocasión en que se encontraba ubicado en avenida Olivero Duggan al 100, fuera del local de la firma Bioterra.
El vehículo marca Mondial de 70cc modelo Dax, dominio colocado 702-DVJ de color negro, estaba estacionado con el trabavolante colocado.
El rodado fue hallado horas más tarde a la altura del kilómetro 35 de la ruta nacional 228, mientras que Pérez y Cañete resultaron aprehendidos en cercanías del lugar, en el kilómetro 34.
El fiscal Gabriel Lopazzo había solicitado la pena de cuatro años y medio de prisión. En tanto, la defensora oficial Laura Pereyra, quien representó a Pérez, pidió la absolución o de manera subsidiaria, dijo que la calificación legal no podía superar al delito de hurto, con el mínimo de la escala penal previsto para tal figura. Viviana Fernández, defensora de Cañete, requirió la absolución o en forma subsidiaria, la calificación de hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública.
Agustina Cedeira resolvió que corresponde condenar a Pérez y Cañete por robo agravado de vehículo dejado en la vía pública, Entendió que los antecedentes penales de ambos constituyen agravantes, porque “la comisión de un nuevo delito revela un mayor grado de reproche, y por ende de culpabilidad, derivado de la ausencia de adecuación de los imputados a la norma penal”.
Del mismo modo, entendió como agravante que la moto robada era el único medio de transporte de la víctima, que la utilizaba para ir a su trabajo como empleada de limpieza.
El jueves pasado se había establecido el veredicto condenatorio, tal como debe procederse cuando se trata de un hecho en flagrancia. Ayer se dio a conocer el fallo, las características y monto de la condena, así como los fundamentos de la magistrada.