Ads
  • Necrológicas
  • Policiales
  • La Ciudad
  • Deportes
  • Farmacias de turno
  • Convocatorias
  • Edictos
  • Empleos pedidos
  • Profesionales
  • Inmobiliaria
  • Sociedad
  • logo-lvpCampo
  • logo-lvp
La Voz del Pueblo
  • La Voz del PuebloEn vivo

SECCIONES

  • Últimas noticias
  • Policiales
  • La Ciudad
  • Deportes
  • Sociedad
  • Claromecó / Reta / Orense
  • A. Gonzales Chaves
  • Coronel Dorrego / Oriente
  • Benito Juarez
  • San Cayetano
  • El Campo
  • Opinion
  • Nacional
  • Internacional
  • La Región
  • Interés General
  • Convocatorias
  • Edictos
  • Necrológicas
  • Empleos pedidos
  • Profesionales
  • Inmobiliaria
  • Farmacias de turno
  • Clima
  • Edición impresa
    • NacionalAñadir como fuente en

      Declaran inconstitucional el decreto que frenó la Ley de Financiamiento Universitario

      El fallo del juez Martín Cormick hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional y la UBA. Ordenó aplicarla de inmediato.

      6 de octubre de 2026 | 19:34
      Novedades sobre la situación de las universidades.
      Novedades sobre la situación de las universidades.
      Ads

      El juez a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, declaró este martes 6 de octubre la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, con el que el Gobierno nacional promulgó la Ley de Financiamiento Universitario (27.795), y ordenó aplicarla de inmediato.

      Ads

      La sentencia del mismo magistrado que había intimado al Ejecutivo a cumplir con el financiamiento, resuelve el amparo colectivo que presentaron el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), un grupo de universidades y docentes, y la causa acumulada de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

      En su resolución el juez declaró inconstitucional el decreto 759/2025 "en lo relativo a la mención incluida 'sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629'" y ordenó al Ejecutivo "el cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias".

      Consideró que, después de que el Congreso rechazara el veto presidencial con mayorías agravadas, al presidente Javier Milei solo le quedaba promulgarla sin restricciones.

      En la práctica, lo que hace el fallo es anular el recurso que había utilizado el Gobierno para condicionar la ejecución de la ley a la existencia de financiamiento y partidas presupuestarias, al atarla a la Ley de Administración Financiera.

      Ads

      Esta norma, en el artículo 5, dice que "toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional".

      Ahora el fallo de Cormick -que es de primera instancia- desactiva este freno. En sus argumentos, el magistrado recordó que ya existía una cautelar que ordenaba cumplir los artículos sobre salarios y becas. También cita una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso que estimó que el costo de la ley para 2025 equivalía a sólo el 0,23% del PBI.

      Universidades: la cuestión de fondo

      El magistrado estimó que el accionar del Gobierno operó como un “mecanismo extraconstitucional” y una forma de bloqueo no contemplado en la Carta Magna. A su vez, destacó que el artículo 9° de la norma brindaba criterios y recursos adecuados para que el Ejecutivo redistribuyera los presupuestos indispensables en su implementación.

      Ads

      La ley fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 y vetada en su totalidad por el Presidente mediante el decreto 647/25. Diputados y el Senado insistieron luego con los dos tercios que exige el artículo 83 de la Constitución, y el 21 de octubre de 2025 el Boletín Oficial publicó la promulgación condicionada. La norma prevé la recomposición del presupuesto universitario según la inflación, la actualización de los salarios docentes y no docentes, y la recomposición de becas y del financiamiento de la investigación.

      Cabe destacar que este es el fondo de la causa. En el marco de la medida cautelar, el pasado 23 de diciembre de 2025 el mismo juzgado ya había hecho lugar en igual sentido a la Sala III de la Cámara confirmó en marzo. En junio, la Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario del Estado. Ahora, ese incidente está en etapa de ejecución.

      (Fuente: Agencia DIB)

      Temas
      • universidad
      AUTOR
      Foto de LaVozDelPueblo LaVozDelPueblo
      Comentarios

      Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión

      INGRESA
      Ads
      Ads
      Ads
    La Voz del Pueblo
    Añadir como fuente en
    Contactos
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    Secciones
    • Policiales
    • La Ciudad
    • Deportes
    • Sociedad
    • Claromecó / Reta / Orense
    • A. Gonzales Chaves
    • Coronel Dorrego / Oriente
    • Benito Juarez
    • San Cayetano
    • El Campo
    • Opinion
    • Nacional
    • Internacional
    • La Región
    • Interés General
    • Necrológicas
    • Farmacias de turno
    • Empleos pedidos
    • Convocatorias
    • Edictos
    • Clima
    • Edición impresa
    • ADEPA
    • ADIRA
    • DIB
    2026 | La Voz del Pueblo | Todos los derechos reservados: www.lavozdelpueblo.com.ar | +54 (02983) 430680 | +54 (2983) 522898Registro de Propiedad Intelectual (DNDA) 112580646 · Edición Nº 7215 - Directora: María Ramona Maciel - Propietario: Maciel Hermanos S.A - Av. San Martín 991 – Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires, Argentina.
    Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
    Powered by
    artic logo