Ads
  • Necrológicas
  • Policiales
  • La Ciudad
  • Deportes
  • Farmacias de turno
  • Convocatorias
  • Edictos
  • Empleos pedidos
  • Profesionales
  • Inmobiliaria
  • Sociedad
  • logo-lvpCampo
  • logo-lvp
La Voz del Pueblo

SECCIONES

  • Últimas noticias
  • Policiales
  • La Ciudad
  • Deportes
  • Sociedad
  • Claromecó / Reta / Orense
  • A. Gonzales Chaves
  • Coronel Dorrego / Oriente
  • Benito Juarez
  • San Cayetano
  • El Campo
  • Opinion
  • Nacional
  • Internacional
  • La Región
  • Interés General
  • Convocatorias
  • Edictos
  • Necrológicas
  • Empleos pedidos
  • Profesionales
  • Inmobiliaria
  • Farmacias de turno
  • Clima
  • Edición impresa
    • NacionalAñadir como fuente en

      La AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler

      12 de agosto de 2024 | 05:57
      La AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler
      Ads

      La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda. La medida tiene como objetivo reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes.

      Ads

       

      Por medio de la Resolución General 5545/2024, la AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, en el marco de la derogación de la Ley de Alquileres.

       

      “La presente medida contribuye a la constitución de un Estado Nacional a favor del ciudadano en un marco de simplificación, eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios”, indican los considerandos.

      Ads

       

      Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran obtener los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su firma según el caso.

       

      Ads

      “Cuando los inmuebles pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la registración estará a cargo de sus representantes en el país, cualquiera sea la modalidad de la representación”, señala la norma del organismo conducido por Florencia Misrahi.

       

      “Se encuentran incluidos en el presente régimen de registración los contratos de locación celebrados electrónicamente mediante la utilización de plataformas digitales y/o aplicaciones móviles destinadas a tal fin”, agrega.

       

      Por otra parte, se deberá indicar si se trata de bienes inmuebles urbanos o rurales y la modalidad de la operación (permanente o temporaria) y registrar cada contrato en alguna de las siguientes categorías:

       

      Locador urbano

      Arrendador

      Locador temporario

      Locador de superficies dentro de bienes inmuebles

       

       

      Y se deberán cumplir los siguientes requisitos:

      Poseer la CUIT activa

      Declarar y mantener actualizado ante la AFIP el domicilio fiscal

      Constituir el Domicilio Fiscal Electrónico

      Tener actualizada en el “Sistema Registral” la información respecto de las actividades económicas

       

      Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.

       

      Cabe destacar que las operaciones realizadas en moneda extranjera deberán informarse en pesoa considerando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día hábil inmediato anterior al de la celebración del contrato.

       

      En línea con dicha medida y con el objetivo de disminuir la carga administrativa de los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación. Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.

       

      Estas medidas se suman a la derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), es decir el documento que debía emitirse al vender un automotor o moto usada y radicada en el país; de las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior. (Infobae)

       

      Temas
      • afip
      • alquileres
      AUTOR
      Foto de LaVozDelPueblo LaVozDelPueblo
      Ads
      Ads
      Ads
    La Voz del Pueblo
    Añadir como fuente en
    Contactos
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    • [email protected]
    Secciones
    • Policiales
    • La Ciudad
    • Deportes
    • Sociedad
    • Claromecó / Reta / Orense
    • A. Gonzales Chaves
    • Coronel Dorrego / Oriente
    • Benito Juarez
    • San Cayetano
    • El Campo
    • Opinion
    • Nacional
    • Internacional
    • La Región
    • Interés General
    • Necrológicas
    • Farmacias de turno
    • Empleos pedidos
    • Convocatorias
    • Edictos
    • Clima
    • Edición impresa
    • ADEPA
    • ADIRA
    • DIB
    2026 | La Voz del Pueblo | Todos los derechos reservados: www.lavozdelpueblo.com.ar | +54 (02983) 430680 | +54 (2983) 522898Registro de Propiedad Intelectual (DNDA) 112580646 · Edición Nº 7134 - Directora: María Ramona Maciel - Propietario: Maciel Hermanos S.A - Av. San Martín 991 – Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires, Argentina.
    Términos y condicionesPrivacidadCentro de ayuda
    Powered by
    artic logo