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      La ley ómnibus suspende la fórmula de movilidad jubilatoria

      28 de diciembre de 2023 | 06:17
      La ley ómnibus suspende la fórmula de movilidad jubilatoria
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      El proyecto establece el final de los ajustes basados en el índice de inflación y el de subas salarial, MIlei queda facultado a dictar incrementos por decreto y a establecer una nueva fórmula sin pasar por el Congreso.

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      El proyecto de Ley Ómnibus que el presidente Javier Milei envió al Congreso elimina la fórmula para aumentar automáticamente las jubilaciones y pensiones, y reemplaza ese mecanismo por ajustes definidos por el Ejecutivo –puede ser otra fórmula- y establece que “prioritariamente” deberá atenderse a los “beneficiarios de más bajos ingresos”.

       

      El proyecto de ley declara la emergencia en materia previsional para que el Ejecutivo pueda tomar decisiones en esta materia sin pasar por el Congreso. Pero, a diferencia de lo que estipula el decreto 70/2023, en el cual se la hace regir hasta el 31 de diciembre de 2023le da la posibilidad de prorrogarla por otros dos años.

       

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      La medida es clave para alcanzar el superávit fiscal que plantea el gobierno, ya que la inversión en el sistema previsional es una de las que mayor peso tiene en el presupuesto.

       

      Hasta ahora, los ajustes de haberes se dan en un porcentaje de incremento trimestral, determinado por la variación de un índice que surge de sumar 50% del aumento trimestral de la recaudación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) por beneficiario y 50% de la variación de los salarios. Para este último ítem, se toma el mayor valor entre el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el índice general de salarios del Indec.

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      La fórmula vigente, que había sido modificada en 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri y vuelta a reformar en 2020, en el gobierno de Alberto Fernández, no fue suficiente para que las jubilaciones le ganaran a la inflación. Para ello, el gobierno anterior otorgó sucesivos bonos a los pasivos, cuya continuidad la actual administración no confirmó.

       

      El artículo 106 de la norma suspende la aplicación del artículo 32 de la Ley 24.241 que establece la movilidad de los haberes por jubilaciones y pensiones, de la que también dependen la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, por ejemplo. También se suspende la vigencia para prestación básica universal, la compensatoria, el retiro por invalidez, por fallecimiento y por permanencia.

       

      El proyecto faculta a Milei a establecer una nueva fórmula por cuenta propia, sin pasar por el Congreso, y al mismo tiempo le permite establecer incrementos por decreto mientras tanto.

       

      Al mismo tiempo, la iniciativa no determina cómo aumentarán las prestaciones sociales que hasta ahora se ajustan por la fórmula de movilidad, caso pensiones no contributivas y Asignaciones Familiares. (DIB)

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