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      La Provincia redefinió el trabajo de los docentes con enfermedades de la voz

      Con una resolución, recalificó las tareas que pueden realizar los docentes con este padecimiento

      15 de mayo de 2026 | 18:32
      Alumnos y un docente en el aula.
      Alumnos y un docente en el aula.
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      El Gobierno bonaerense aprobó un nuevo régimen para la recalificación profesional de docentes que sufran enfermedades vinculadas al uso de la voz, con el objetivo de garantizar su continuidad laboral en tareas acordes a sus capacidades psicofísicas y reducir la exposición a riesgos derivados de la actividad.

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      La medida se fundamenta en la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo y en el Estatuto del Docente bonaerense, y establece criterios específicos para la reubicación de trabajadores de la educación afectados por patologías vocales, consideradas una de las enfermedades profesionales más frecuentes en el sector.

      La resolución determina cuáles son los cargos docentes considerados de riesgo por “uso forzoso y continuo” de la voz y cuáles no implican una sobrecarga vocal. En ese sentido, se estableció que quienes hayan sido recalificados por enfermedades profesionales de la voz no podrán ocupar cargos expuestos a ese riesgo.

      Al mismo tiempo, la normativa habilita a los docentes recalificados a continuar desempeñándose en cargos que no impliquen sobreexigencia vocal, siempre que una evaluación médica determine que mantienen aptitud residual para esas funciones.

      La evaluación estará a cargo de la Dirección de Salud Ocupacional, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría General, y deberá realizarse con estudios médicos actualizados y documentación respaldatoria de la recalificación emitida por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

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      Los detalles de la resolución para los docentes

      Además, la resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial prevé que, luego de seis meses desde el acto de recalificación, las o los docentes podrán solicitar nuevas evaluaciones para acceder a otros cargos compatibles con su estado de salud.

      Otro de los puntos centrales es la limitación de las actividades de continuidad pedagógica para docentes recalificados por enfermedades de la voz. La participación en estas tareas solo podrá darse en situaciones extraordinarias y no podrá superar las seis horas semanales ni las doce mensuales.

      La norma también dispone que quienes aspiren a nuevos cargos deberán realizar un examen de aptitud psicofísica específico, cuya validez será de dos años. Y se aclaró que la reubicación laboral de los docentes recalificados no afectará la continuidad de los tratamientos médicos vinculados con la enfermedad profesional que originó la recalificación.

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      Fuente: Agencia DIB

       

       

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