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Ajustes a la normativa de taxis y remises

Luego de la aprobación por parte del Concejo Deliberante, rige para el distrito de Coronel Dorrego una nueva normativa para los servicios de taxis y remises, que serán los únicos autos de alquiler habilitados para tal fin.
En el caso de los taxis, estarán destinados exclusivamente al servicio público de transporte de personas, que deberá poseer aparato taxímetro del modelo y características que fije el organismo competente; por su parte para los remises la tarifa se fija por el importe inicial establecido en la nueva ordenanza. 

En ambos casos el organismo competente acredita que están afectados con exclusividad al servicio público de transporte de personas, cuyo conductor deberá estar habilitado mediante la licencia especial, con carnet de conductor categoría profesional-transporte de personas de acuerdo a la reglamentación provincial en la materia. 
Se fija el importe equivalente a la cantidad de 2 litros de gasoil, (grado 2, que se comercializa en las estaciones de servicio YPF, a precio minorista en la ciudad cabecera de Coronel Dorrego, el monto máximo a percibir por los automóviles habilitados como remises y taxi, para recorridos dentro del radio urbano comprendido entre las calles El Indio, G. Juárez, G. Aranda y Circunvalación, de la ciudad cabecera; y en el radio urbano de las localidades de El Perdido y Oriente. 
Fuera de este radio, el precio de cada viaje será fijado en forma convencional entre prestadores y usuarios.
Habilitaciones
Se establece que para el servicio de remises se habilitarán hasta un máximo de 7 agencias en la ciudad de Coronel Dorrego, 2 en la localidad de El Perdido y 3 en la ciudad de Oriente, con un mínimo de una unidad de titularidad del propietario de la agencia, y un máximo de hasta 4 por cada una de ellas. 
Para el servicio de taxis será hasta un máximo de 12 vehículos en la ciudad cabecera, de 3 en la localidad de El Perdido y de 5 en la ciudad de Oriente.
Asimismo fija la ordenanza que la unidad afectada como taxi o remis deberá encontrarse en perfecto estado de funcionamiento, uso, seguridad, estética e higiene y mantener en estas condiciones durante todo el servicio. El organismo competente dispondrá el retiro del automóvil que no reúna los requisitos descriptos.

Requisitos 
Los vehículos que se afecten como taxi o remises deberán ser tipo sedán, color blanco, cuatro o cinco puertas, con una antigüedad máxima de 15 años, encontrarse en perfecto estado mecánico y estético y poseer VTV vigente de acuerdo a las leyes que regulan la materia. 
En el caso de los remises deberán tener un cartel identificando el número telefónico y nombre de la empresa a la cual pertenece; y los taxis la identificación como tal, de iguales características, fácilmente visibles en horarios diurnos y nocturnos.
 
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