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Personas con discapacidad pueden circular hasta dos horas por día con un acompañante

Entre las excepciones al aislamiento social y preventivo decretado por el Gobierno desde el 20 hasta el 31 de marzo, en el que se indica permanecer en sus residencias habituales o en las que estén pudiendo prorrogarse, el Boletín Oficial indicó anoche que se permitirá la circulación de personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial (entre los que se enumeran, entre otros, quienes padecen algún tipo de autismo), con un acompañante.

Los artículos agregados al Decreto especifican lo siguiente:
Artículo 1º.- En caso de fuerza mayor, se recomienda habilitar a las personas con discapacidad mental, cognitiva y
psicosocial, que tengan alteraciones conductuales, disruptivas trastornos emocionales, personas con tratamiento de
psicomotricidad, entre otras, cuyo estado se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración
de aislamiento social preventivo y a un acompañante, a circular por las vías de uso público cercana a su residencia por
un máximo de dos horas
, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio. 
Artículo 2º.- Que a fin de que puedan desplazarse libremente, con los cuidados epidemiológicos correspondientes y sin
ser abordados por las fuerzas públicas e incluso reciban la asistencia necesaria, se recomienda que las personas
enumeradas en el art. 1º vistan el color azul en alguna prenda de su ropa o una cinta azul en el brazo
Artículo 3°.- Se invita a las autoridades del Instituto Nacional de Servicios para Jubilados y Pensionados, de la
Superintendencia de Servicios de Salud, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la adopción de
un criterio similar dentro del ámbito de sus respectivas competencias.
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