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      Una madre responderá por el daño que su hijo provocó a una Patrulla Urbana

      Será en cumplimiento del Código Contravencional Municipal. La pena contempla un castigo económico y también la realización de talleres

      3 de octubre de 2025 | 20:29
      El artículo 303 del Código Contravencional  prevé penas económicas y civiles
      El artículo 303 del Código Contravencional prevé penas económicas y civiles
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      Después que en la mañana de este viernes la Policía Comunal aprehendiera a un menor de 15 años de edad por haber roto la luneta de un móvil de la Patrulla Urbana de la Municipalidad de un piedrazo, se resolvió aplicar -en este caso- el castigo que prevé el Código Contravencional.

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      El hecho ocurrió a las 11 en Emilio de la Calle al 900, y el daño recayó en un vehículo Toyota Etios, uno de los vehículos 0km comprados por el municipio durante 2024 para reforzar el trabajo preventivo ordenado por la secretaría de Seguridad.

      El menor fue restituido a sus progenitores después de la intervención de la UFIJ Nro 4 Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial local, a cargo de la fiscal Marina Vizzolini, que lo procesó por el delito de ‘daño’.

      Sin embargo La Voz del Pueblo pudo saber horas después que finalmente a la madre del menor, desde el Juzgado de Faltas, se le labró un acta de infracción para lo cual se aplicó el artículo 303 del Código Contravencional Municipal que pena los padres -o responsables de los menores- que cometen actos diferente tipos de actos vandálicos o desmanes, entre otros.

      De acuerdo a ese artículo, los padres deben enfrentar castigos equivalentes desde el 20 y hasta el 200 por ciento del sueldo municipal categoría 2. Pero también deberán asistir obligatoriamente a talleres o reuniones de concientización.

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