El doctor Eduardo D’Empaire aceptó los términos del juicio abreviado

Policiales

JUICIO ABREVIADO

Tres años de prisión por un robo calificado en Chaves

01|09|23 13:44 hs.

La pena recayó sobre Alan Quimey Pedone y Christian Victola, quienes fueron declarados reincidentes. El hecho ocurrió en junio de 2022


Dos chavenses fueron condenados a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, tras haber sido hallados penalmente responsables de un robo calificado en la ciudad cabecera del vecino distrito. Se trata de Alan Quimey Pedone y Christian Marcelo Victola, quienes recibieron la citada pena mediante la modalidad de juicio abreviado en el marco de una causa caratulada “robo con efracción y con arma cuya aptitud no pudo ser acreditada” en los términos de los artículos 45, 167 inciso 3° y 166 inciso 2°, último párrafo del Código Penal.

El hecho por el que ambos sujetos, cuyos antecedentes penales los califican como “reincidentes”, ocurrió el 23 de junio de 2022 en la ciudad de Adolfo Gonzales Chaves y la respectiva sentencia se oficializó el pasado martes 29 de agosto, después de la realización de una audiencia de visu realizada dos semanas antes con la presencia de la fiscal Marina Vizzolini, subrogante del doctor Gabriel Lopazzo, responsable de la investigación, y la defensora de ambos, la doctora Elisa Hospitaleche, ante la presencia del doctor Eduardo D’Empaire y con el consentimiento de la propia víctima, un requisito fundamental luego de la presentación fuera de término del respectivo acuerdo judicial, solicitado momentos antes de la realización del respectivo juicio oral.

Según el fallo al que tuvo acceso LA VOZ DEL PUEBLO, en la sanción a imponer corresponde individualizar la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, teniendo en cuenta el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes, y que el límite máximo impuesto por la ley es justamente el acordado por el fiscal, el imputado y su defensor, y sobre el cual el suscripto, no puede superar por expresa imposición de la ley que lo regula.

Al mismo tiempo, Victola y Pedone, quienes se hallan alojados en las unidades penitenciarias de Barker y Villa Floresta, fueron declarados reincidentes, ya que el primero registra una condena anterior dictada el 27 de septiembre de 2018 por el Tribunal Criminal de Tres Arroyos a la pena única de 4 años y 7 meses de prisión, comprensa de penas anteriores dictadas por el mismo Tribunal y el Juzgado Correccional de nuestra ciudad, la cual fue efectivamente cumplida por el reo, ya que se agotó el 26 de diciembre de 2021.

Por su parte, Pedone había sido condenado el 22 de agosto de 2022 por el Tribunal Criminal de Tres Arroyos a la pena de cinco años y seis meses de prisión, pena que había cumplido efectivamente el pasado 29 de abril de 2021.

Con respecto al último hecho por el que fueron condenados, pudo saberse que la víctima había sido asaltada por dos delincuentes acerca de los cuales asegura que portaban armas, sin embargo, ante la imposibilidad de hallar las mismas en los respectivos allanamientos practicados en la instrucción, se decretó que no había sido posible reconocerla, se indicó.




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